PSD3
La PSD3 es la futura directiva europea de servicios de pago que, junto al Reglamento PSR, sustituirá a la PSD2. No parte de cero: corrige lo que la PSD2 dejó a medias -APIs bancarias desiguales, fraude en transferencias y supervisión fragmentada-.
El estado a octubre de 2026: acuerdo político provisional en noviembre de 2025 y texto aprobado por la comisión ECON del Parlamento en mayo de 2026, pero aún sin publicar en el Diario Oficial. La mayoría de las normas se aplicarán unos 21 meses después de esa publicación, así que no antes de 2028. La gran novedad estructural es el reparto en dos piezas: la directiva PSD3 (licencias y acceso a la actividad) y el PSR, un reglamento directamente aplicable en toda la UE, sin transposición nacional.
En contenido, el paquete exige más rendimiento y disponibilidad a las APIs de open banking, refuerza las medidas antifraude e incorpora al marco general la Verificación del Beneficiario (VoP) -cotejar el nombre del destinatario con su IBAN antes de ejecutar la transferencia-. Ojo: la VoP no espera a la PSD3; para las transferencias en euros ya es obligatoria desde el 9 de octubre de 2025 por el Reglamento (UE) 2024/886.
Por qué importa en el sector inmobiliario
El fraude del IBAN cambiado es un clásico del sector: un correo interceptado, una fianza de 2.400 € o una señal de compraventa enviada a la cuenta equivocada, y dinero casi imposible de recuperar. La VoP ataca ese problema de raíz: si el nombre no casa con el IBAN, el pagador recibe una alerta antes de confirmar.
Para gestoras y plataformas que ya cobran por open banking, unas APIs bancarias más fiables significan menos pagos caídos a mitad de proceso y mayor tasa de éxito en los cobros mensuales. Conviene revisar ya tus flujos de pago: quien trabaje con un proveedor regulado heredará el cumplimiento sin proyecto propio.
Datos clave
- Acuerdo político provisional: noviembre de 2025.
- Publicación en el Diario Oficial pendiente a octubre de 2026; aplicación prevista no antes de 2028.
- El PSR será directamente aplicable en toda la UE, sin transposición nacional.
- Verificación del Beneficiario (VoP): cotejo de nombre e IBAN antes de ejecutar el pago, obligatoria para transferencias en euros desde octubre de 2025 (Reglamento (UE) 2024/886).
- Mayores exigencias de calidad y disponibilidad para las APIs bancarias.
Términos relacionados
La PSD3 sustituye a la PSD2, refuerza el open banking y complementa el reglamento de pagos instantáneos.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entra en vigor la PSD3?
No antes de 2028 con el calendario actual. El acuerdo político provisional llegó en noviembre de 2025 y la comisión ECON del Parlamento aprobó los textos en mayo de 2026, pero a octubre de 2026 siguen sin publicarse en el Diario Oficial. La mayoría de las normas se aplicarán unos 21 meses después de esa publicación, y la directiva tendrá además que transponerse a la ley española. Hasta entonces rige la PSD2.
¿Qué diferencia hay entre PSD3 y PSR?
La PSD3 es una directiva: regula licencias y acceso a la actividad, y cada Estado debe transponerla. El PSR es un reglamento: fija las reglas de conducta -derechos del usuario, fraude, open banking- y aplica directamente en los 27, eliminando las divergencias nacionales que generó la PSD2.
¿Qué debe hacer ya una gestora o promotora?
Nada regulatorio de forma directa: las obligaciones caen sobre bancos y proveedores de pago. Pero sí conviene mapear tus flujos -cobros de alquiler, fianzas, señales- y confirmar que tu proveedor ya aplica la VoP y tiene hoja de ruta para las nuevas APIs. Así capturas las mejoras sin proyecto interno.
Anticípate al cambio con la guía PSD3 para España.